CURSO 01: NO SABER ARRENDAR, NI CUIDAR SU INMUEBLE, LE PUEDE COSTAR LA EXTINCION LEGAL DE SU DOMINIO.

Iiii PREVENCION DEL DELITO¡!!!!

CONFERENCISTA Y COORDINADOR

Doctor Jairo Eisenhower Molina

QUE APRENDERAS EN ESTE CURSO:

El Contrato de Arrendamiento de Inmuebles en Colombia, se encuentra regulado por leyes especiales: (Código de Comercio, para Locales Comerciales; y, Ley 820 de 2003, para Inmuebles residenciales; pero, no existe – en la actualidad- una ley que actualice la gran, exigente y, “cruel” novedad que se ha convertido en “terrorífico paisaje” para propietarios arrendadores de tales inmuebles, pues, aunque está  vigente desde el año 2014 la Ley de Extinción del Dominio, nada se explica de forma entendible y clara para quienes no tienen la condición de Abogado y/o Profesionales en materia de arrendamientos al respecto. Baste decir aquí que, el mismo Ordenamiento Jurídico Nacional, tan solo se limita a “advertir” de manera genérica que:

 “Artículo 9° Código Civil Colombiano. –  Ley 84 de 1873. La ignorancia de las leyes no sirve de excusa”.

Lo que al final quiere decir que, si el propietario arrendador no previó la circunstancia que lo podía llevar a un proceso de Extinción de su Dominio, el decir en audiencia que “desconocía” tales prohibiciones, de nada le servirá en su defensa.

Por estas razones, resulta de sustancial importancia atender el contenido del presente Curso, que, de conformidad con la calidad de propietario arrendador, al tiempo que, diligente y cuidadoso de su patrimonio, no es más que una medida de “precaución protectora” en su favor. Todo desde el entendido que, así como el Legislador no fue “Pedagógico” al momento de estatuir la Ley de Extinción del Dominio, el Propietario Arrendador, debe cumplir con la carga de “Autodidacta” para prever, evitar y, protegerse, de las consecuencias legales de un eventual Proceso de Extinción del Dominio, que en palabras comunes significa “la pérdida de su inmueble a manos del Estado”.